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lunes, 18 de mayo de 2009

Vídeos y fotos de Cuba

Te invitamos a ver estos vídeos y fotografías de la Isla de Cuba. Conoce a Cuba y a sus cubanos.

Confección de certificados de invitación, cartas de invitación y su envío a Cuba

A partir de la puesta en vigor por parte de las autoridades españolas del procedimiento para invitar a un ciudadano extranjero a visitar España, los mecanismos para la presentación en los Consulados cubanos de una solicitud de confección de una carta de invitación cambian, siendo necesario la presentación del documento que expedirá la Comisaría de policía del lugar de residencia de la persona que invita.
Este documento no es necesario legalizarlo ante ninguna autoridad española, debiendo presentar el documento original y una fotocopia del mismo para su cotejo quedando en el consulado la fotocopia como constancia de la autorización por parte de la policía. El Consulado archivará la fotocopia y confeccionará una certificación como constancia de la aceptación de la Carta de invitación, quedando comprometido el invitante ante las autoridades cubanas a asumir la responsabilidad legal y material de su invitado. El Consulado envía por correo electrónico a la Consultoría Jurídica Internacional la Certificación y esta la hace llegar al invitado vía correo postal en todo el territorio nacional. Al recibirla, el beneficiario deberá presentarse en la Oficina de Inmigración de su territorio para iniciar los trámites del viaje.
La Certificación de Invitación tiene validez de un año contando a partir de la fecha en que se confecciona en el Consulado Cubano y su costo es de 175.00 euros
En caso de lazos de consanguinidad de primer y segundo grado entre el invitante y el invitado, podrá solicitar la confección de la Carta de Invitación en el Consulado cubano, la que tendrá validez ante las autoridades migratorias cubanas, pero en caso que el invitado requiera presentarse en el Consulado español en La Habana a recoger el visado, el invitante tendrá que realizar el trámite ante la Comisaría de su lugar de residencia independientemente de los lazos de consanguinidad.
La Carta de Invitación confeccionada en el Consulado cubano tiene validez de un año a partir de la fecha en que se confecciona y su costo es de 175.00 euros
No podrán solicitar la confección de Carta de Invitación o Certificación de carta de invitación en el Consulado los ciudadanos cubanos que se encuentren cumpliendo misiones oficiales o contratos de trabajo, representando a una institución oficial cubana, así como las que se encuentran con Permiso de Viaje al Exterior.

QUEDAN EXONERADOS DE PRESENTAR CARTAS DE INVITACION ANTE LAS AUTORIDADES CUBANAS MIGRATORIAS.

1. Los cubanos nacidos en el exterior
2. Los que viajen para someterse a tratamiento médico y a su acompañante se le exigirá la presentación de los documentos médicos correspondientes, firmados y acuñados por la autoridad del Ministerio de Salud Pública autorizada para decidir su atención médica en el exterior.
3. Los que soliciten viajar por razones humanitarias deberán demostrarlo con la presentación de los documentos que lo acrediten, tales como:
1. Resumen de historia clínica expedida por centro hospitalario y legalizada en el Consulado cubano que acredite el estado de gravedad de padres, cónyuge, hijos, hermanos, abuelos y nietos.
2. Certificado de defunción legalizado en el Consulado cubano de padres, cónyuge, hijos, hermanos, abuelos y nietos, con no mas de 30 días del fallecimiento.
4. Los nietos y el cónyuge de los hijos de los cubanos nacidos en el exterior que los acompañen en su viaje.
5. Padres, hijos y nietos de cubanos que tienen unión matrimonial formalizada con extranjeros y viajen en unión de estos.
6. Los que posean pasaporte, residencia permanente o provisional actualizada del país al que se dirigen.
7. Los que asistan a conferencias, concursos u otros eventos no oficiales, presentarán documento de la entidad que lo auspicia, legalizado por el Consulado cubano o por el Jefe de Relaciones Internacionales del organismo responsable en Cuba, nivel equivalente o superior. De tratarse de organismos internacionales o no gubernamentales acreditados en Cuba la Invitación deberá estar certificada por el máximo responsable de la entidad.
8. Los que soliciten viajar a recibir cobro de herencias, pensiones o premios en el exterior, se les exigirán los documentos probatorios, debidamente legalizados por el Consulado cubano.
9. Los padres de los nacidos en el exterior a través de la certificación de nacimiento del hijo.
10. Los que viajen al país de nacimiento de abuelos presentando su certificación de nacimiento y la del padre hijo del extranjero.
11. Cuando se solicite viajar al país de nacimiento de padres, cónyuge, hijos y abuelos, se aplicarán las exoneraciones con independencia que estos hayan fallecido.
Cuando se trate de matrimonio formalizado o no con extranjero se considerará como hijo bajo su abrigo aquellos menores de 21 años o incapacitado

CARTA DE INVITACIÓN

CARTA DE INVITACIÓN

Visados Schengen


Hay que tramitar:


1. Visado de entrada en España
2. Permiso de salida de Cuba


Nota: las cartas de invitación no se aprueban a cubanos en edad laboral (entre 18 y 60 años), a no ser que sean padre o madre del invitante. Paso 1Realizar una carta de invitación ante notario español (se recomienda uno especializado en extranjería) Se puede confeccionar a través del Consulado Cubano, o realizarla en Cuba, en Consultoría Jurídica Internacional, o en sus filiales por todo el país.Requisitos de la carta:


1. No haber hecho una carta de invitación en seis meses

2. Si la invitación la hace un matrimonio (cubano/español) hay que manifestar que NO SE ENCUENTRAN SEPARADOS DE HECHO NI DE DERECHO (caduca a los cuatro meses) y adjuntar fotocopia del libro de familia.
3. No solicitar un periodo de estancia mayor de tres meses porque no está permitido por la ley española.

4. Necesario, para el cubano SER LEGAL EN ESPAÑA y aportar la tarjeta de residencia o DNI en vigor (en el caso de españoles)


Paso 2


Legalizar la carta en:


1. Colegio de Notarios
2. Ministerio de Justicia
3. Ministerio de Exteriores español.


Paso 3


Aquí caben dos opciones:


1. Legalizar la carta de invitación en el Consulado de Cuba en España (unos 175€) y enviarla a Cuba a través de ellos.
2. No legalizarla y enviar la carta por correo o por una empresa de mensajería de las que trabajan con Cuba.


Advertencia: No es necesario legalizar la carta para solicitar el visado español. La legalización cubana será necesaria después de que se obtenga el visado español.


Paso 4


La persona invitada (no se admiten representantes de ninguna clase) debe ir al Consulado de España en La Habana c/Cárcel 51, Esq. Zulueta La Habana, donde solicitará una cita para entregar la documentación del visado para la que es necesario aportar:


1. Carta de Invitación
2. Prepasaje de avión (es una reserva de vuelo que proporciona cualquier agencia de viaje)
3. Pasaporte cubano en vigor


Aclaración importante: La fecha del Prepasaje de avión es la fecha que tendrá el visado, por lo que es necesario calcular cuando queremos que la persona venga a España y dejar un margen de tiempo para que se resuelvan los trámites burocráticos.


El Consulado de España en La Habana entregará al invitado un documento con los la documentación necesaria para obtener el visado. Hay que entregar TODA la documentación que piden.


Paso 5


El día de la cita en el Consulado entregar:


1. Planilla rellenada con la cruz donde pone visado Schengen (este es el que corresponde a las cartas de invitación)
2. Dos fotografías
3. Seguro médico (se obtiene en agencias como Cuevas de Altamira u Online Tours y cuesta unos 45 pesos cubanos.
4. Certificado de poseer 500 USD en una cuenta de banco cubana.
5. Certificado de medios de vida del invitante: contrato de trabajo y tres nóminas o declaración de la renta o saldo medio de la cuenta bancaria. Si se trata de un matrimonio y la parte cubana no trabaja es necesaria la declaración de la renta conjunta.
6. Pasaporte en vigor
7. Prepasaje de avión
8. Carta de invitación


Si el invitado es padre o madre de la persona que invita es necesaria la partida de nacimiento del cubano legalizada en el MINREX cubano. Tras la entrega de la documentación es posible que el cubano sea sometido a una entrevista (puede ser necesario o no, según la voluntad del cónsul)
El cubano debe ir personalmente al consulado para recoger su pasaporte visado. Normalmente está listo en unos 15 días, aunque puede tardar más dependiendo de la cantidad de solicitudes y el volumen de trabajo del consulado.


Paso 6


¿Qué hacer si niegan el visado?


Los motivos más frecuentes de denegación de visado suelen ser:
1. presunto inmigrante
2. falta de algún documento o errores de forma (por ejemplo, poner que queremos que la persona viva cinco meses en España aunque la ley española sólo permite tres)
Se recurre con abogados cubanos en el plazo de 15 días. En el caso de padres suelen aprobarlo, en el caso de cubanos en edad laboral la respuesta vuelve a ser la denegación.Que nos aprueben una carta de invitación no es un derecho de los españoles ni de los residentes legales en España. Por tanto, el cónsul tiene la potestad de denegarlas por los motivos que él considere oportunos.


Coste de las cartas de invitación


Las cantidades son aproximadas (Las españolas en euros y las cubanas en CUC o pesos


Notario español: 60€


Pasaporte cubano:75 CUC


Legalización de carta de invitación en consulado cubano en España: 175€


Envío de Carta de invitación por DHL: 30€


Prepasaje de avión:100€


Seguro médico cubano: 45 pesos cubanos


Ingreso en cuenta bancaria cubana: 500 CUC


Si se decide no legalizar la carta en el consulado cubano en España, luego habrá que hacerlo -una vez obtenido el visado- en Consultoría Jurídica Internacional de Cuba con un coste de 200 CUC