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lunes, 18 de mayo de 2009

CARTA DE INVITACIÓN

CARTA DE INVITACIÓN

Visados Schengen


Hay que tramitar:


1. Visado de entrada en España
2. Permiso de salida de Cuba


Nota: las cartas de invitación no se aprueban a cubanos en edad laboral (entre 18 y 60 años), a no ser que sean padre o madre del invitante. Paso 1Realizar una carta de invitación ante notario español (se recomienda uno especializado en extranjería) Se puede confeccionar a través del Consulado Cubano, o realizarla en Cuba, en Consultoría Jurídica Internacional, o en sus filiales por todo el país.Requisitos de la carta:


1. No haber hecho una carta de invitación en seis meses

2. Si la invitación la hace un matrimonio (cubano/español) hay que manifestar que NO SE ENCUENTRAN SEPARADOS DE HECHO NI DE DERECHO (caduca a los cuatro meses) y adjuntar fotocopia del libro de familia.
3. No solicitar un periodo de estancia mayor de tres meses porque no está permitido por la ley española.

4. Necesario, para el cubano SER LEGAL EN ESPAÑA y aportar la tarjeta de residencia o DNI en vigor (en el caso de españoles)


Paso 2


Legalizar la carta en:


1. Colegio de Notarios
2. Ministerio de Justicia
3. Ministerio de Exteriores español.


Paso 3


Aquí caben dos opciones:


1. Legalizar la carta de invitación en el Consulado de Cuba en España (unos 175€) y enviarla a Cuba a través de ellos.
2. No legalizarla y enviar la carta por correo o por una empresa de mensajería de las que trabajan con Cuba.


Advertencia: No es necesario legalizar la carta para solicitar el visado español. La legalización cubana será necesaria después de que se obtenga el visado español.


Paso 4


La persona invitada (no se admiten representantes de ninguna clase) debe ir al Consulado de España en La Habana c/Cárcel 51, Esq. Zulueta La Habana, donde solicitará una cita para entregar la documentación del visado para la que es necesario aportar:


1. Carta de Invitación
2. Prepasaje de avión (es una reserva de vuelo que proporciona cualquier agencia de viaje)
3. Pasaporte cubano en vigor


Aclaración importante: La fecha del Prepasaje de avión es la fecha que tendrá el visado, por lo que es necesario calcular cuando queremos que la persona venga a España y dejar un margen de tiempo para que se resuelvan los trámites burocráticos.


El Consulado de España en La Habana entregará al invitado un documento con los la documentación necesaria para obtener el visado. Hay que entregar TODA la documentación que piden.


Paso 5


El día de la cita en el Consulado entregar:


1. Planilla rellenada con la cruz donde pone visado Schengen (este es el que corresponde a las cartas de invitación)
2. Dos fotografías
3. Seguro médico (se obtiene en agencias como Cuevas de Altamira u Online Tours y cuesta unos 45 pesos cubanos.
4. Certificado de poseer 500 USD en una cuenta de banco cubana.
5. Certificado de medios de vida del invitante: contrato de trabajo y tres nóminas o declaración de la renta o saldo medio de la cuenta bancaria. Si se trata de un matrimonio y la parte cubana no trabaja es necesaria la declaración de la renta conjunta.
6. Pasaporte en vigor
7. Prepasaje de avión
8. Carta de invitación


Si el invitado es padre o madre de la persona que invita es necesaria la partida de nacimiento del cubano legalizada en el MINREX cubano. Tras la entrega de la documentación es posible que el cubano sea sometido a una entrevista (puede ser necesario o no, según la voluntad del cónsul)
El cubano debe ir personalmente al consulado para recoger su pasaporte visado. Normalmente está listo en unos 15 días, aunque puede tardar más dependiendo de la cantidad de solicitudes y el volumen de trabajo del consulado.


Paso 6


¿Qué hacer si niegan el visado?


Los motivos más frecuentes de denegación de visado suelen ser:
1. presunto inmigrante
2. falta de algún documento o errores de forma (por ejemplo, poner que queremos que la persona viva cinco meses en España aunque la ley española sólo permite tres)
Se recurre con abogados cubanos en el plazo de 15 días. En el caso de padres suelen aprobarlo, en el caso de cubanos en edad laboral la respuesta vuelve a ser la denegación.Que nos aprueben una carta de invitación no es un derecho de los españoles ni de los residentes legales en España. Por tanto, el cónsul tiene la potestad de denegarlas por los motivos que él considere oportunos.


Coste de las cartas de invitación


Las cantidades son aproximadas (Las españolas en euros y las cubanas en CUC o pesos


Notario español: 60€


Pasaporte cubano:75 CUC


Legalización de carta de invitación en consulado cubano en España: 175€


Envío de Carta de invitación por DHL: 30€


Prepasaje de avión:100€


Seguro médico cubano: 45 pesos cubanos


Ingreso en cuenta bancaria cubana: 500 CUC


Si se decide no legalizar la carta en el consulado cubano en España, luego habrá que hacerlo -una vez obtenido el visado- en Consultoría Jurídica Internacional de Cuba con un coste de 200 CUC



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