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miércoles, 3 de junio de 2009

La Charada cubana

La charada se basa en tratar de adivinar una palabra haciendo indicaciones sobre su significado.
Las gentes relacionan sus sueños con estos números y son muy utilizados a la hora de hacer apuestas en el juego de la lotería.
La charada es una tabla compuesta de 100 número consecutivos del 1 al 100 y cada uno de ellos tiene su significado.

He aquí los números de la charada cubana:

1 caballo
2 mariposa, dinero y hombre
3 marinero, niño chiquito
4 gato, boca, diente
5 monja, mar y carta
6 jicotea
7 caracol y mierda
8 muerto
9 elefante, lengua
10 pescado grande
11 gallo
12 ramera
13 pavo real y niño grande
14 gato tigre, cementerio y enamorados
15 perro, niña bonita
16 toro y mujer santa
17 luna, San Lázaro
18 pescado chico
19 lombriz, bandera
20 gato fino, tibor y orinal
21 majá, dinero
22 sapo
23 vapor
24 paloma
25 piedra fina, casa nueva
26 anguila, médico nuevo
27 avispa
28 chivo
29 ratón
30 camarón y pinga
31 venado y zapato
32 cochino
33 tiñosa y madre
34 mono
35 araña
36 cachimba
37 bruja, gallina prieta, hormiga
38 macao, dinero
39 conejo, culebra
40 cura, sangre
41 lagartija
42 pato, país lejano
43 alacrán
44 año del cuero y guácara con guácara (tortillera)
45 tiburón, presidente
46 guagua, humo
47 pájaro
48 cucaracha, abanico
49 borracho
50 policía y agua
51 soldado
52 bicicleta
53 luz eléctrica y beso
54 flores
55 cangrejo. isleño a trancazos, murciélago
56 merengue, reina y camisa
57 cama, telegrama y puñalada
58 retrato, cuchillo, adulterio
59 loco
60 payaso, huevo
61 caballo grande y arroz
62 matrimonio
63 bandolero
64 muerto grande
65 comida
66 tarro, pareja de yeguas
67 puñalada
68 cementerio
69 pozo
70 coco
71 río
72 buey, jicotea, collar
73 maleta
74 papalote, militar
75 corbata, guitarra
76 bailarina
77 bandera italiana, muletas S. Lázaro
78 sarcófago y muerto
79 tren de carga, lagarto
80 médico viejo, desesperado
81 teatro
82 madre, león
83 tragedia
84 sangre, banquero
85 espejo, reloj
86 tijeras, manguera
87 plátano
88 Miguel Mariano, espejuelos, gusano
89 mucha agua, casa vieja
90 viejo
91 comunista, alpargata
92 puerco grande, avión, globo
93 sortija
94 machete, Habana
95 guerra
96 zapato, puta vieja
97 mosquito, grillo
98 piano
99 serrucho, gallo, carbonero
100 inodoro, automóvil

miércoles, 27 de mayo de 2009

Imágenes de Cuba


Parque Central

Farolas



Discución sobre baseball


Centro Asturiano

Floridita



Caprichos de la naturaleza


La Casa del ron y el tabaco cubano

lunes, 18 de mayo de 2009

Vídeos y fotos de Cuba

Te invitamos a ver estos vídeos y fotografías de la Isla de Cuba. Conoce a Cuba y a sus cubanos.

Confección de certificados de invitación, cartas de invitación y su envío a Cuba

A partir de la puesta en vigor por parte de las autoridades españolas del procedimiento para invitar a un ciudadano extranjero a visitar España, los mecanismos para la presentación en los Consulados cubanos de una solicitud de confección de una carta de invitación cambian, siendo necesario la presentación del documento que expedirá la Comisaría de policía del lugar de residencia de la persona que invita.
Este documento no es necesario legalizarlo ante ninguna autoridad española, debiendo presentar el documento original y una fotocopia del mismo para su cotejo quedando en el consulado la fotocopia como constancia de la autorización por parte de la policía. El Consulado archivará la fotocopia y confeccionará una certificación como constancia de la aceptación de la Carta de invitación, quedando comprometido el invitante ante las autoridades cubanas a asumir la responsabilidad legal y material de su invitado. El Consulado envía por correo electrónico a la Consultoría Jurídica Internacional la Certificación y esta la hace llegar al invitado vía correo postal en todo el territorio nacional. Al recibirla, el beneficiario deberá presentarse en la Oficina de Inmigración de su territorio para iniciar los trámites del viaje.
La Certificación de Invitación tiene validez de un año contando a partir de la fecha en que se confecciona en el Consulado Cubano y su costo es de 175.00 euros
En caso de lazos de consanguinidad de primer y segundo grado entre el invitante y el invitado, podrá solicitar la confección de la Carta de Invitación en el Consulado cubano, la que tendrá validez ante las autoridades migratorias cubanas, pero en caso que el invitado requiera presentarse en el Consulado español en La Habana a recoger el visado, el invitante tendrá que realizar el trámite ante la Comisaría de su lugar de residencia independientemente de los lazos de consanguinidad.
La Carta de Invitación confeccionada en el Consulado cubano tiene validez de un año a partir de la fecha en que se confecciona y su costo es de 175.00 euros
No podrán solicitar la confección de Carta de Invitación o Certificación de carta de invitación en el Consulado los ciudadanos cubanos que se encuentren cumpliendo misiones oficiales o contratos de trabajo, representando a una institución oficial cubana, así como las que se encuentran con Permiso de Viaje al Exterior.

QUEDAN EXONERADOS DE PRESENTAR CARTAS DE INVITACION ANTE LAS AUTORIDADES CUBANAS MIGRATORIAS.

1. Los cubanos nacidos en el exterior
2. Los que viajen para someterse a tratamiento médico y a su acompañante se le exigirá la presentación de los documentos médicos correspondientes, firmados y acuñados por la autoridad del Ministerio de Salud Pública autorizada para decidir su atención médica en el exterior.
3. Los que soliciten viajar por razones humanitarias deberán demostrarlo con la presentación de los documentos que lo acrediten, tales como:
1. Resumen de historia clínica expedida por centro hospitalario y legalizada en el Consulado cubano que acredite el estado de gravedad de padres, cónyuge, hijos, hermanos, abuelos y nietos.
2. Certificado de defunción legalizado en el Consulado cubano de padres, cónyuge, hijos, hermanos, abuelos y nietos, con no mas de 30 días del fallecimiento.
4. Los nietos y el cónyuge de los hijos de los cubanos nacidos en el exterior que los acompañen en su viaje.
5. Padres, hijos y nietos de cubanos que tienen unión matrimonial formalizada con extranjeros y viajen en unión de estos.
6. Los que posean pasaporte, residencia permanente o provisional actualizada del país al que se dirigen.
7. Los que asistan a conferencias, concursos u otros eventos no oficiales, presentarán documento de la entidad que lo auspicia, legalizado por el Consulado cubano o por el Jefe de Relaciones Internacionales del organismo responsable en Cuba, nivel equivalente o superior. De tratarse de organismos internacionales o no gubernamentales acreditados en Cuba la Invitación deberá estar certificada por el máximo responsable de la entidad.
8. Los que soliciten viajar a recibir cobro de herencias, pensiones o premios en el exterior, se les exigirán los documentos probatorios, debidamente legalizados por el Consulado cubano.
9. Los padres de los nacidos en el exterior a través de la certificación de nacimiento del hijo.
10. Los que viajen al país de nacimiento de abuelos presentando su certificación de nacimiento y la del padre hijo del extranjero.
11. Cuando se solicite viajar al país de nacimiento de padres, cónyuge, hijos y abuelos, se aplicarán las exoneraciones con independencia que estos hayan fallecido.
Cuando se trate de matrimonio formalizado o no con extranjero se considerará como hijo bajo su abrigo aquellos menores de 21 años o incapacitado

CARTA DE INVITACIÓN

CARTA DE INVITACIÓN

Visados Schengen


Hay que tramitar:


1. Visado de entrada en España
2. Permiso de salida de Cuba


Nota: las cartas de invitación no se aprueban a cubanos en edad laboral (entre 18 y 60 años), a no ser que sean padre o madre del invitante. Paso 1Realizar una carta de invitación ante notario español (se recomienda uno especializado en extranjería) Se puede confeccionar a través del Consulado Cubano, o realizarla en Cuba, en Consultoría Jurídica Internacional, o en sus filiales por todo el país.Requisitos de la carta:


1. No haber hecho una carta de invitación en seis meses

2. Si la invitación la hace un matrimonio (cubano/español) hay que manifestar que NO SE ENCUENTRAN SEPARADOS DE HECHO NI DE DERECHO (caduca a los cuatro meses) y adjuntar fotocopia del libro de familia.
3. No solicitar un periodo de estancia mayor de tres meses porque no está permitido por la ley española.

4. Necesario, para el cubano SER LEGAL EN ESPAÑA y aportar la tarjeta de residencia o DNI en vigor (en el caso de españoles)


Paso 2


Legalizar la carta en:


1. Colegio de Notarios
2. Ministerio de Justicia
3. Ministerio de Exteriores español.


Paso 3


Aquí caben dos opciones:


1. Legalizar la carta de invitación en el Consulado de Cuba en España (unos 175€) y enviarla a Cuba a través de ellos.
2. No legalizarla y enviar la carta por correo o por una empresa de mensajería de las que trabajan con Cuba.


Advertencia: No es necesario legalizar la carta para solicitar el visado español. La legalización cubana será necesaria después de que se obtenga el visado español.


Paso 4


La persona invitada (no se admiten representantes de ninguna clase) debe ir al Consulado de España en La Habana c/Cárcel 51, Esq. Zulueta La Habana, donde solicitará una cita para entregar la documentación del visado para la que es necesario aportar:


1. Carta de Invitación
2. Prepasaje de avión (es una reserva de vuelo que proporciona cualquier agencia de viaje)
3. Pasaporte cubano en vigor


Aclaración importante: La fecha del Prepasaje de avión es la fecha que tendrá el visado, por lo que es necesario calcular cuando queremos que la persona venga a España y dejar un margen de tiempo para que se resuelvan los trámites burocráticos.


El Consulado de España en La Habana entregará al invitado un documento con los la documentación necesaria para obtener el visado. Hay que entregar TODA la documentación que piden.


Paso 5


El día de la cita en el Consulado entregar:


1. Planilla rellenada con la cruz donde pone visado Schengen (este es el que corresponde a las cartas de invitación)
2. Dos fotografías
3. Seguro médico (se obtiene en agencias como Cuevas de Altamira u Online Tours y cuesta unos 45 pesos cubanos.
4. Certificado de poseer 500 USD en una cuenta de banco cubana.
5. Certificado de medios de vida del invitante: contrato de trabajo y tres nóminas o declaración de la renta o saldo medio de la cuenta bancaria. Si se trata de un matrimonio y la parte cubana no trabaja es necesaria la declaración de la renta conjunta.
6. Pasaporte en vigor
7. Prepasaje de avión
8. Carta de invitación


Si el invitado es padre o madre de la persona que invita es necesaria la partida de nacimiento del cubano legalizada en el MINREX cubano. Tras la entrega de la documentación es posible que el cubano sea sometido a una entrevista (puede ser necesario o no, según la voluntad del cónsul)
El cubano debe ir personalmente al consulado para recoger su pasaporte visado. Normalmente está listo en unos 15 días, aunque puede tardar más dependiendo de la cantidad de solicitudes y el volumen de trabajo del consulado.


Paso 6


¿Qué hacer si niegan el visado?


Los motivos más frecuentes de denegación de visado suelen ser:
1. presunto inmigrante
2. falta de algún documento o errores de forma (por ejemplo, poner que queremos que la persona viva cinco meses en España aunque la ley española sólo permite tres)
Se recurre con abogados cubanos en el plazo de 15 días. En el caso de padres suelen aprobarlo, en el caso de cubanos en edad laboral la respuesta vuelve a ser la denegación.Que nos aprueben una carta de invitación no es un derecho de los españoles ni de los residentes legales en España. Por tanto, el cónsul tiene la potestad de denegarlas por los motivos que él considere oportunos.


Coste de las cartas de invitación


Las cantidades son aproximadas (Las españolas en euros y las cubanas en CUC o pesos


Notario español: 60€


Pasaporte cubano:75 CUC


Legalización de carta de invitación en consulado cubano en España: 175€


Envío de Carta de invitación por DHL: 30€


Prepasaje de avión:100€


Seguro médico cubano: 45 pesos cubanos


Ingreso en cuenta bancaria cubana: 500 CUC


Si se decide no legalizar la carta en el consulado cubano en España, luego habrá que hacerlo -una vez obtenido el visado- en Consultoría Jurídica Internacional de Cuba con un coste de 200 CUC



miércoles, 25 de febrero de 2009

Última resolución aduanera sobre el peso del equipaje permitido entrar en Cuba

ADUANA GENERAL DE LA REPÚBLICA

INFORMACIÓN A LOS PASAJEROS

La Aduana General de la República de Cuba ha implantado el Sistema de Despacho mediante la Alternativa de la Valoración del Peso, que consiste en controlar el peso de las piezas que componen su equipaje, incluyendo el de mano, con excepción de aquellos equipajes que contengan equipos electrodomésticos o que sean solamente dedicados a medicamentos. Usted puede ser seleccionado para aplicarle este Sistema de Valoración al peso.
Todo pasajero puede traer consigo a Cuba.
1.1. Exentos del pago de Derechos:
- 25 kilogramos (55 libras) de efectos personales para su uso, tales como confecciones, calzado, artículos de tocador, de aseo personal, de perfumería y bisutería, definidos genéricamente como miscelánea. - 5 kilogramos (11 libras) de artículos para familiares y amigos (confecciones, calzado, artículos de tocador, de aseo personal, de perfumería y del hogar, así como bisutería, lencería y alimentos, entre otros. - 10 kilogramos (22 libras) de medicamentos, siempre que se transporten en equipaje separado e independientes de otros artículos. - Otros expresamente recogidos en la Ley, tales como libros, sillas de ruedas para inválidos, artículos para ciegos, prótesis, entre otros.
1.2. Sujetos al pago de derechos según valoración al peso (una vez cada año natural).
Confecciones, calzado, artículos de tocador, de aseo personal y de perfumería, así como bisutería, lencería y alimentos, hasta un límite de 20 kilogramos (44 libras) , a los que se les aplica un precio de 10.00 CUC por cada kilogramo para un valor total a importar de 200.00 CUC a que tiene derecho el pasajero.
1.3. sujetos a pago de Derechos y Valoración Independiente.
Dentro del límite de valor de 200.00 CUC los equipos electrodomésticos y otros duraderos, partes y piezas y todo aquello que no clasifique dentro de los artículos a que se refiere el acápite 1.2.
La valoración de estos artículos se incluye dentro del importe de 200.00 CUC a que tiene derechos todo pasajero.
2. usted puede cooperar en la agilidad del despacho y evitarse molestias innecesarias si le informa al inspector de Aduanas, antes de dirigirse a la báscula para pesar, que:
- Viaja con equipaje compartido (equipaje de más de u n pasajero, unidos en uno o varios bultos). - Trae artículos de los que se definen en el grupo 1.3. - Trae artículos que requieren de Permiso o Licencia de otras autoridades.
3. Usted puede contribuir a la rapidez de su Despacho y recibir un Servicio de Calidad si:
- Trae los medicamentos en bultos separados e independientes del resto de su equipaje. - Se ajusta al límite del valor autorizado a importar. - No trae artículos de importación prohibida o artículos que están sujetos a permisos o licencias de otros organismos, sin poseer el documento de autorización. - Trae los artículos electrodomésticos y otros duraderos que no clasifican dentro de las misceláneas, separados del resto de los artículos. - Llena correctamente Declaración de Aduanas para Pasajeros. - Solo trae cantidades razonables de un mismo artículo.
NOTA IMPORTANTE
Los funcionarios de la Aduana se identifican con el emblema de la Aduana Cubana en la manga izquierda del uniforme, con el nombre ADUANA sobre la tapa del bolsillo izquierdo y con un solapín que tiene la foto, nombre y apellidos y un número individual (bien visible) del que lo porta.
Cualquier persona que no tenga el uniforme y los distintivos descritos, no es funcionario de la Aduana.
Usted solo deberá pagar en la Aduana los derechos y servicios que procedan, exigiendo al cajero, en el momento del pago, el correspondiente comprobante, cerciorándose que lo pagado se corresponda con el importe que refleja el comprobante.
4. Instrucciones para el uso de las básculas.
4.1. Por favor, diríjase a la Batería de Balanzas con todos los componentes de su equipaje incluyendo el de mano y realice usted mismo el pesaje de su equipaje (no es necesaria la intervención del funcionario de la Aduana para esta operación).
4.2. Cumpla las siguientes instrucciones por su orden:
-No pese los medicamentos si están agrupados en un bulto, maletín, maleta u otro embalaje o paquete que no contiene otros artículos.
-Si usted transporta artículos electrodomésticos, duraderos, o de alto valor, debe comunicarle al Inspector de Aduana ubicado en el área de pasaje y cumplir sus instrucciones.
-Si solamente trae artículos que clasifican para ser valorados según su peso, coloque el primero de los bultos, maletines u otro embalaje o paquete de su equipaje en la balanza.
-Colocado su primer bulto, maletín u otro embalaje o paquete, accione el botón verde para ser pesado.
-Sin quitar el equipaje ya pesado, coloque el segundo bulto y accione el mismo botón.
-Repita la acción hasta que estén puestos en la báscula y pesados todas las piezas de su equipaje, incluido el de mano.
-Seguidamente accione el botón rojo para obtener de la balanza electrónica un comprobante con información escrita.
-Si el comprobante expresa libre de impuestos, diríjase a la puerta de salida; si expresa a pagar, trasládese a la Caja y pague los Derechos de Aduana que están impresos en el comprobante. Diríjase después a la puerta de salida.
-Si la información expresa a banco, diríjase al Inspector de Aduana que está en la puerta de salida.
Para buscar información adicional usted puede solicitarla en las Oficinas de Atención al Público que existen en todas las Aduanas del país; así como en la Dirección de Secretaría de la Aduana General de la República, sita en 39 y 6, Plaza de la Revolución, y en el sitio web: http://www.aduana.co.cu/

lunes, 2 de febrero de 2009

La bandera cubana

La bandera de la estrella solitaria fue diseñada de la siguiente manera.
Las tres franjas azules turquí representan los tres departamentos militares en los cuales la colonia de Cuba estuvo políticamente dividida por la Corona durante aquella época (Occidente, Centro y Oriente).
Las dos franjas blancas representan la pureza de todos los patriotas cubanos.
El triangulo equilátero rojo que se encuentra a la izquierda, representa la sangre derramada por los patriotas durante las guerras de independencia.
Los patriotas (López y Teurbe Tolón) “eran masones y no tardaron en aceptar el triangulo que es símbolo de la Providencia” (Núñez 20).
Para la masonería, el triangulo rojo también “simboliza la grandeza del poder que asiste al Gran Arquitecto del Universo y cuyos lados iguales aluden a la divisa masónica de libertad, igualdad, fraternidad y a la división tripartita del poder democratico.
La estrella de cinco puntas significa la perfección del maestro masón: la fuerza, la belleza, la sabiduría, la virtud y la caridad.
La bandera comprende además en su integración los tres números simbólicos.
El tres (tres franjas azules) representa la armonía perfecta; el cinco, resultado de la suma de todas las franjas, significa el espíritu vivificador, que perpetúa la naturaleza; y el siete que se obtiene al sumar el triángulo y la estrella es un número considerado divino por los judíos y los griegos.”(Ponte Dominguez 44).
Su estrella blanca, en el centro del triangulo rojo la cual al principio tuvo una punta dirigida hacia el extremo derecho del triangulo, también representa la unión del pueblo cubano en un solo fulgor.

Tanto la bandera como el Escudo Navional fueron diseñados por Miguel Teurbe Tolón. Las especificaciones de diseño de ambos fueron establecidas por el primer presidente de Cuba, Tomás Estrada Palma, mediante Decreto, el 21 de abril de 1906 y han permanecido sin modificaciones desde entonces.

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